Full Interactive: Programa de cooperación al desarrollo 2009

  1. PROGRAMA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO 2009 Nuestro lugar de trabajo... el Mundo.

  2. ÍNDICE I. Presentación del Programa Cooperación al Desarrollo Convocatoria 2009 II. Bases 1. 2. 3. 4. DOTACIÓN OBJETIVOS REQUISITOS DE LAS ENTIDADES SOLICITANTES REQUISITOS DE LOS PROYECTOS 4.1. Marco geográfico 4.2. Áreas de actuación 4.3. Contenido económico 4.4. Plazo de ejecución 4.5. Contraparte local 5. 6. 7. 8. 9. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS PROYECTOS REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LOS PROYECTOS OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES CON LOS PROYECTOS APROBADOS CONDICIONES DE ABONO PARA LOS PROYECTOS APROBADOS 10. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS 11. ATENCIÓN A LOS SOLICITANTES EN LA CONVOCATORIA 12. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

  3. I. Presentación del Programa de Cooperación al Desarrollo Convocatoria 2009 El Programa de Cooperación al Desarrollo es un programa de naturaleza social que, mediante convocatoria pública, otorga subvenciones a proyectos de cooperación que contribuyan a la lucha contra la pobreza y las desigualdades sociales en los países en vías de desarrollo, en el marco de la consecución de los Objetivos del Milenio. Este programa nace de la aprobación de la Asamblea General de Cajasol que, en junio de 2008, lo dota con el 0,7% de los beneficios netos de la Caja, con carácter anual y permanente, siendo la Fundación Cajasol la entidad responsable de su gestión a través de la Comisión del Programa de Cooperación al Desarrollo. II. Bases 1. DOTACIÓN La dotación económica para la presente convocatoria es de 900.000 € (novecientos mil euros). 2. OBJETIVOS 2.1. El Programa de Cooperación al Desarrollo tiene como objetivo colaborar de forma activa en la lucha contra la pobreza y las desigualdades sociales de las comunidades más desfavorecidas de los países en vías de desarrollo mediante la subvención de proyectos de cooperación al desarrollo. 2.2. No son objeto de esta convocatoria aquellas acciones de sensibilización o educación para el desarrollo, proyectos de emergencia o acción humanitaria y encuentros o foros realizados con el fin de poner en común o dar a conocer temas relacionados con la cooperación al desarrollo.

  4. 3. REQUISITOS DE LAS ENTIDADES PARTICIPANTES 3.1. Ser Institución u Organismo Público con Programas de Cooperación al Desarrollo o bien Organización No Gubernamental para el Desarrollo (ONGD). 3.2. Contar con sede en la zona de actuación de Cajasol. 3.3. Estatutos que contemplen, específicamente, como una de sus finalidades institucionales la Cooperación Internacional al Desarrollo. 3.4. Inscritos formalmente en los registros de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) u organismos similares de ámbito autonómico. 3.5. Las instituciones con sede central y delegaciones autonómicas, provinciales y/o locales, han de presentar sus proyectos a través de la sede central, aunque materialmente se ejecuten por alguna de sus delegaciones. 3.6. Acreditar una experiencia mínima de dos años en la realización de acciones de cooperación internacional. En el caso de organismos u organizaciones que presenten proyectos dirigidos a implantar un programa de microcréditos o fondos rotatorios, deberán acreditar además una experiencia de dos años en el desarrollo de iniciativas en el campo de las microfinanzas. 3.7. No ser titulares de un proyecto aprobado en anterior convocatoria que esté pendiente de finalización por cualquier concepto, incluida la justificación económica. 3.8. Contar con la colaboración de una contraparte local con capacidad y experiencia necesaria para la intervención prevista. 3.9. Se valorarán positivamente aquellas entidades: 3.9.1 Que estén declaradas de Utilidad Pública. 3.9.2 Que se hayan sometido a auditorías externas en los últimos tres años. 3.9.3 Que tengan implantado un programa de voluntariado activo. 3.9.4 Que trabajen en red a través de plataformas, coordinadoras, foros, federaciones, de ámbito autonómico, nacional y/o internacional.

  5. 4. REQUISITOS DE LOS PROYECTOS 4.1. Marco geográfico Los proyectos deben desarrollarse en los países de América Latina y África Subsahariana y Magreb con menor índice de desarrollo humano. 4.2. Áreas de actuación Los proyectos deben encuadrarse en algunas de las siguientes áreas: 4.2.1 Coberturas para necesidades sociales básicas: · Acceso al agua potable y saneamiento. · Medidas de habitabilidad básica. · Educación. · Salud. · Soberanía alimentaria. 4.2.2 Fomento del desarrollo económico local 4.3. Contenido económico La solicitud al Programa de Cooperación al Desarrollo no podrá exceder de 90.000 euros. Esta aportación estará dirigida a las siguientes partidas presupuestarias: 4.3.1 Terrenos e inmuebles: En este epígrafe se incluirán los gastos destinados a la adquisición o el alquiler de los terrenos e inmuebles, inclusive las licencias legales, registros de propiedad locales, tasas, gastos notariales, etc. 4.3.2 Construcción y/o rehabilitación de inmuebles e infraestructuras: Se establecen aquellos gastos relacionados con tareas de construcción y rehabilitación contemplados en la intervención; este epígrafe debe desglosarse en aspectos como: mano de obra, transporte de materiales, etc. Se incluirán todos los gastos vinculados directamente a trabajos de construcción y rehabilitación, proyecto de obra, estudios técnicos, seguros obligatorios, licencias de obra, dirección de obra, permisos pertinentes, etc.

  6. · Es imprescindible adjuntar al dossier del proyecto un presupuesto de obra. · La entidad participante establecerá un compromiso de afectación del inmueble o la construcción que se realice al fin que justificó la subvención, durante un período no inferior a 10 años. · Además se entregará declaración, de acuerdo a la legislación del país, sobre el régimen de propiedad del inmueble construido o rehabilitado. 4.3.3 Equipos y suministros: Se incluirán gastos destinados a las adquisiciones y reparaciones de equipos materiales, mobiliarios, transporte, material informático, así como los suministros vinculados a estos, acordes a los objetivos establecidos en el proyecto.

  7. 4.3.4 Personal: Los gastos de personal no deberán superar el 40% del total del presupuesto asignado. · Personal local: Personas de la entidad participante o de sus contrapartes locales, contratado bajo la legislación laboral del país donde se ejecuta la intervención y en el que prestan sus servicios, estando sus funciones y tareas incluidas en la planificación de la intervención. · Personal expatriado: Personal expatriado al trabajador de la entidad participante, bajo legislación española, que presta sus servicios en el país de ejecución, y cuyas tareas están estrechamente relacionadas con la intervención objeto de la solicitud. - Los gastos de personal expatriados no superarán el 10% de la ayuda solicitada. 4.3.5 Fondo rotatorio o microcréditos: Facturas relacionadas con créditos, incluyendo los gastos de gestión y administración.

  8. 4.3.6 Funcionamiento: Gastos corrientes de funcionamiento (electricidad, agua, comunicaciones, material fungible de mantenimiento y seguridad). · Solamente se imputarán los gastos estrictamente implicados en el desarrollo del proyecto. · Si se trata de facturas atribuibles a varios proyectos se desglosarán por separado según corresponda a cada uno de ellos. 4.3.7 Viajes y estancias: Desplazamientos, estancias y dietas del personal relacionado con el proyecto. 4.3.8 Costes indirectos: · Identificación, formulación y seguimiento: Los gastos derivados de la identificación, formulación y seguimiento sobre el terreno. Se desglosarán en las siguientes partidas: - Gastos administrativos de la ONG española solicitante relacionados con la formulación, seguimiento y evaluación del proyecto. - Gastos administrativos de la contraparte local necesarios para la identificación, formulación y seguimiento del proyecto. · Evaluación: Cantidad destinada a la evaluación externa del programa. 4.4. Plazo de ejecución Tendrán carácter preferente aquellos proyectos cuyo plazo de ejecución no sea superior a doce meses. 4.5. Contraparte local Los proyectos deben contar con la colaboración de una contraparte local con la capacidad necesaria para la actividad prevista, con una experiencia demostrada de intervención en el terreno.

  9. 5. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS PROYECTOS Tendrán prioridad los proyectos que contengan las siguientes características: · Que tengan como beneficiarios a los sectores más desfavorecidos de la población de los países donde se desarrollen los proyectos (infancia, mujer, minorías étnicas, campesinos, jóvenes, etc.). · Que estén dirigidos a obtener un efecto multiplicador de sus actuaciones. · Que respondan directamente a las necesidades de las comunidades a las que se destinan fomentando el desarrollo social, económico, cultural y medioambiental, de forma integrada y sostenible, mediante una estrategia a medio-largo plazo. · Que integren y hagan partícipes a los beneficiarios en todas las fases del proyecto, desde la identificación hasta la evaluación. · Que contengan entre sus objetivos el fortalecimiento de las estructuras democráticas, el fomento de la participación social y ciudadana y la integración de minorías y colectivos en exclusión.

  10. · Que sean viables social, económica y técnicamente, estableciendo las medidas adecuadas para su sostenibilidad en el tiempo una vez finalizada la intervención. · Que exista coherencia entre los recursos económicos, técnicos y humanos necesarios y los objetivos previstos. · Que sean susceptibles de seguimiento, mediante un sistema de evaluación adecuado a corto, medio y largo plazo. · Que incorporen recursos técnicos, materiales y humanos locales. · Que sus contenidos estén en línea con políticas y estrategias de desarrollo local o regional. · Que la entidad solicitante colabore en la cofinanciación del proyecto en un porcentaje no inferior al 10% del presupuesto total. · Que formen una acción única e independiente, no vinculada a fases anteriores o posteriores de un mismo proyecto, salvo que expresamente se hubiesen aprobado con carácter previo por la Fundación Cajasol proyectos con distintas fases de ejecución. · Serán valoradas especialmente aquellas acciones que establezcan contenidos transversales tales como: Perspectiva de género. Desarrollo sostenible y protección del medio ambiente. Promoción de la resolución de conflictos y cultura de paz. Fortalecimiento de capacidades locales.

  11. 6. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS 6.1 La presentación de proyectos se realizará por el siguiente procedimiento Para la presentación de proyectos será necesario cumplimentar los siguientes documentos: - Carta de solicitud - Formulario - Presupuesto desglosado y cronograma Estos documentos estarán disponibles en la página de la Fundación Cajasol (www.fundacioncajasol.es) y deberán ser cumplimentados y grabados en un CD Rom o pen drive, para su entrega en formato digital y en papel, bien en persona, en cualquiera de nuestras sucursales o a través de correo postal a la dirección: Fundación Cajasol, Programa de Cooperación al Desarrollo c/ Laraña, 4, 3ª planta 41003 Sevilla. Además y sólo en formato digital: - Desarrollo del proyecto para el que se solicita financiación - Memoria de Actividades del año 2008 6.2 Junto a esta documentación conjuntamente, las entidades solicitantes deberán entregar también en formato digital, una hoja de presentación para los empleados de Cajasol, que, con una extensión máxima de dos folios A4, expondrá fotografías y texto informativo relativo a las acciones de la organización y el contenido del proyecto. Este documento se dará a conocer a los empleados de Cajasol con el objetivo de que puedan emitir su voto en el contexto de lo que se especifica en el punto 7.1

  12. 6.3. Si la documentación recibida no se ajustase a lo exigido en las Bases, la entidad solicitante dispondrá de un plazo de diez días hábiles, a contar desde la fecha de recepción de la comunicación para su subsanación. En caso de no recibir la documentación solicitada, se entenderá que la entidad solicitante no está interesada en continuar con el proceso de convocatoria. 6.4. La Comisión, considerando la importancia e interés de los proyectos presentados, podrá solicitar otros requisitos y/o documentación alternativos o adicionales a los anteriormente relacionados. 6.5. Sólo se podrá presentar un único proyecto por entidad. En caso contrario, se dispondrá de un plazo de diez días para indicar qué proyecto de los presentados mantiene en la convocatoria.

  13. 7. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LOS PROYECTOS 7.1 La Fundación Cajasol realizará una evaluación técnica de todos los proyectos presentados, estableciendo la Comisión de Cooperación al Desarrollo una selección preliminar. Esta preselección será sometida al criterio de todos los empleados y empleadas de Cajasol (a los cuales se les facilitará la hoja de presentación del proyecto realizada por las entidades solicitantes), quienes serán, en última instancia, los que decidirán los proyectos aprobados en esta Convocatoria mediante votación directa, que podrá contener mecanismos correctores para que no se produzca una concentración de los proyectos finalmente seleccionados en un determinado marco geográfico o área de actuación. El resultado final se comunicará a todos los solicitantes, seleccionados y denegados, directamente por carta y a través de la publicación en la página web de los proyectos aprobados. Las entidades solicitantes con proyectos no aprobados tendrán el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación de la resolución, para recoger la documentación presentada. 7.2 Las entidades con proyectos seleccionados deberán presentar, en el plazo máximo de un mes desde que se les notifique tal extremo la siguiente documentación: • Copia de los estatutos. • Copia de la inscripción en el correspondiente al registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional AECI u otras agencias similares de ámbito autonómico. • Copia de los poderes de la persona o personas que suscribe la solicitud en representación de la correspondiente entidad. • Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante, así como del documento de identificación de su representante o representantes legales. • Documentación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones fiscales y laborales de la entidad solicitante.

  14. • Aquella documentación que sirva para acreditar los objetivos y contenidos de la intervención presentada. • Cuenta de resultados, balances y memoria económica de la entidad solicitante correspondiente al último ejercicio. En el caso de entidades que se hayan sometido a auditoría externa en los últimos tres años, entregar el informe correspondiente. • Organigrama de la entidad solicitante. • Memoria de actividades correspondiente al último ejercicio de la contraparte local. • Informe breve de situación con información actualizada respecto al diagnóstico, diseño, planificación y presupuesto del proyecto.

  15. 8. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES CON LOS PROYECTOS APROBADOS 8.1. La entidad participante del proyecto aprobado será la única responsable ante la Fundación Cajasol de la correcta ejecución del mismo. 8.2. Cualquier modificación sustancial en los proyectos aprobados deberán solicitarse formalmente a la Fundación Cajasol. A tales efectos, se entiende por modificación sustancial: · Cambios del 10% o más en cualquier partida presupuestaria de las contempladas en el proyecto. · Cambio en la localización del proyecto. · Reducción del número de los beneficiarios o cambio de los colectivos destinatarios del proyecto. · Cualquier otro cambio que pueda afectar a los resultados a conseguir o al grado de consecución de los objetivos previstos.

  16. La modificación no podrá hacerse efectiva hasta la aprobación y confirmación por parte de la Fundación Cajasol para proceder a los cambios. La Fundación Cajasol resolverá en el plazo de un mes, a contar desde que reciba la notificación escrita por parte de la entidad participante. 8.3. La entidad solicitante con proyecto aprobado deberá presentar los siguientes informes: 8.3.1 Informe de seguimiento a los seis meses del inicio de las actividades, a entregar en el mes posterior a esta fecha, indicando memoria narrativa y económica donde se incluirán: · Grado de ejecución de los objetivos y los resultados obtenidos. · Relación enumerada y documentación justificativa de los gastos financiados a través de la aportación de la Fundación Cajasol, acorde con las partidas detalladas en el presupuesto del proyecto, así como los importes financiados por la entidad participante o por otros financiadores. · Un certificado de la persona con poder suficiente donde se haga constar la ubicación de los comprobantes originales de los gastos de ejecución del proyecto y declaración de que son ciertos cuantos datos figuran en el informe de seguimiento. 8.3.2 Informe final a presentar en los dos meses posteriores a la finalización del proyecto, donde se indique: · Memoria narrativa y material gráfico sobre el desarrollo técnico del proyecto, informando sobre los resultados obtenidos y fuentes de verificación de estos. · Evaluación del impacto y repercusión social. · Informe contable (listado de facturas) y documentación justificativa de los gastos (en caso de fotocopia, certificado de autenticidad de las mismas y lugar donde se encuentran los originales). · Certificado de finalización de las obras por parte del arquitecto o empresa constructora, junto con la documentación que confirme la propiedad de los bienes una vez finalizados.

  17. 8.4. La Fundación Cajasol podrá examinar y auditar, en su caso, la ejecución y gestión del proyecto. 8.5. En la difusión del proyecto aprobado por la Fundación Cajasol, la entidad solicitante se compromete a que conste la colaboración de dicha Fundación en toda la documentación, información o publicidad (presentaciones, medios de comunicación, comunicados y notas de prensa, folletos y cartelería, página web, construcciones, etc.) que se realice sobre ellos. El formato de esta presencia será previamente consensuado con el Departamento de Comunicación de la Fundación Cajasol. Igualmente, autoriza expresamente a Cajasol y su Obra Social-Fundación para que den la difusión que las mismas estimen oportuna del proyecto financiado, incluido el nombre de la entidad participante y beneficiarios de la actuación contenida en el proyecto. 8.6. Los fondos para la ejecución del proyecto y la operatoria financiera resultante del mismo se canalizarán en su totalidad a través de una cuenta corriente abierta al efecto por la entidad solicitante en Cajasol, salvo autorización expresa en contrario por parte de la Fundación Cajasol.

  18. 8.7. Si la Fundación Cajasol, para un mejor conocimiento de la ejecución y gestión financiera del proyecto, lo considera necesario, podrá recabar de la entidad solicitante con proyecto aprobado la realización de una auditoría que acredite la certeza de la inversión y el destino de los fondos. El coste de la misma será sufragado por la entidad solicitante sin que pueda cargarse al montante de la subvención concedida. 8.8. Los proyectos aprobados se formalizarán mediante contrato entre las partes como corresponda en derecho. 9. CONDICIONES DE ABONO PARA LOS PROYECTOS APROBADOS 9.1. La Fundación Cajasol financiará hasta un máximo del 80% del presupuesto del proyecto. El importe no financiado correrá por cuenta de la entidad participante o de terceros, incluyendo en el mismo las aportaciones materiales o en especie. 9.2. En ningún caso, los gastos indirectos del proyecto podrán superar el 8% del presupuesto total del mismo. 9.3. El abono de la subvención se efectuará en la cuenta corriente abierta en Cajasol, de acuerdo con las condiciones establecidas en el contrato previsto en el apartado 8.8. anterior, en dos plazos: un primer pago en el plazo de un mes desde la firma del contrato, por importe del 75% de la misma y el segundo, por el 25% restante, tras la acreditación y justificación de los gastos correspondientes al primer plazo. 9.4. Para el abono de las cantidades correspondientes al segundo pago, será exigible la presentación por parte de la entidad solicitante del informe a realizar a los seis meses del inicio de las actividades y su aprobación por parte de la Fundación Cajasol. 9.5. El desarrollo económico del proyecto subvencionado ha de realizarse a través de la cuenta de ahorro abierta expresamente para este proyecto, mencionada en el apartado 8.6., realizándose las transferencias dinerarias a una única cuenta de ahorro en el país donde se desarrolla el proyecto, desde la cual se procederá al pago de facturas por adquisiciones o servicios justificadas en la ejecución del proyecto.

  19. 10. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS Se abre un plazo de presentación de proyectos que comienza el día 28 de diciembre de 2009 y finaliza el día 19 de febrero de 2010 ambos incluidos. 11. ATENCIÓN A LOS SOLICITANTES EN LA CONVOCATORIA La Fundación Cajasol, durante el plazo de presentación de solicitudes, atenderá las peticiones de información y ayuda que le formulen los interesados para el correcto cumplimiento de solicitudes y formularios. Esa atención se llevará a cabo: Personalmente, en las oficinas de la Fundación Cajasol en c/Laraña, 4, 3ª planta. Por teléfono: 95 450 82 08 Por email: cooperacion@cajasol.es Horario: De Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 h. 12. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo, le informamos de que los datos personales que se proporciona, así como cualquier otro dato personal que pudiera ser facilitado a lo largo de la relación existente con la Fundación Cajasol, serán recogidos en un fichero titularidad de la Fundación Cajasol, en adelante la Fundación (con domicilio en Sevilla, Plaza de San Francisco, 1, C.P. 41004); siendo la finalidad del mismo la gestión de agendas, así como el establecimiento de acuerdos de colaboración entre la Fundación y los Organismos colaboradores.

  20. Los datos serán almacenados y tratados por la Fundación en los términos aquí establecidos y exclusivamente con la finalidad antedicha. En este sentido, reiteramos nuestro compromiso de uso responsable y confidencial de los datos de carácter personal. No obstante, si lo solicitan, podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando una carta a la Fundación Cajasol, a la dirección en Calle Laraña, 4, C.P. 41003, Sevilla, con la referencia “Protección de Datos”. Sevilla, diciembre de 2009

  21. C/ Laraña, 4, 3ª planta 41003 SEVILLA cooperacion@cajasol.es - www.fundacioncajasol.es teléfono: 95 450 82 08 - fax: 95 450 82 12

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